El REPRO 2 corresponde al Programa de Recuperación Productiva 2, el cual se trata de una iniciativa del Gobierno Nacional para ayudar a aquellos empleadores que por bajas en la producción producto del COVID-19 no puedan hacer frente al pago de sueldos.
Por lo tanto, aquellas empresas que tengan dificultades para el pago de nóminas pueden solicitar este beneficio de forma mensual, asegurándose así que los trabajadores no pierdan su puestos laborales.
Existe muchas dudas sobre cómo conocer si uno cobra el REPRO 2. En esta guía intentaremos dar respuestas de forma clara.
¿Cómo saber si cobro el REPRO 2?
Para saber si el cobro del REPRO 2 fue aceptado, el empleador recibirá por Ventanilla Electrónica de AFIP un comunicado con el estado del trámite enviado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS).
En caso de haber algún error con los papeles presentados, en dicha notificación se detallará el código de error y el mensaje descriptivo.
Quien puede hacer consultas respecto al cobro de este beneficio es únicamente el empleador (o el monotributista).
Si sos trabajador en relación de dependencia y querés saber si lo cobrás, vas a tener que consultar con el departamento de RRHH de tu empresa o con el encargado de tu trabajo.
Ya cobré el REPRO 2 este mes. ¿Lo voy a volver a cobrar el mes que viene?
Recordá que el empleador debe hacer la solicitud de forma mensual.
Esto implica que si lo cobraste este mes se debe a que tu empleador hizo la presentación de los papeles correspondientes en AFIP y MTEySS para dicho período. Pero, para volver a cobrarlo, se deberá iniciar el tramite nuevamente en el mes siguiente.
¿Qué es y en qué consta el REPRO 2?
Se trata de una suma de dinero que liquida la ANSES a los trabajadores, pero que el empleador debe solicitar ante AFIP y MTEySS.
El monto a pagar por la asistencia dependerá del sector en le que se desenvuelva la empresa:
- Sector de Salud: hasta $22.000
- Sectores Críticos: hasta $22.000
- Sectores no Críticos afectados: hasta $9.000
Soy empleador y no recibí ninguna notificación. ¿Cómo puedo comunicarme?
Los empleadores pueden enviar sus consultas a través de los siguientes medios de comunicación que corresponden al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social:
- Por teléfono: 0800-666-4100 (opción 1)
- Correo electrónico: [email protected]
Programa REPRO 2 para monotributistas: ¿es posible acceder al beneficio?
Sí, es posible.
El trámite se realiza de la misma forma: a través del portal de la AFIP (con CUIT y clave fiscal 3) y luego completando el resto del proceso en la web del Ministerio de Trabajo.
En este caso, dado que no existen empleadores de por medio, quien recibirá por ventanilla electrónica la confirmación de la aprobación o rechazo será el mismo trabajador autónomo.
¿El REPRO se descuenta del sueldo?
No. El Repro es una ayuda económica que liquida ANSES para que el trabajador pueda cobrar el 100% de su sueldo, transfiriendo ese dinero por CBU.
Gracias a los papeles que el empleador presenta al solicitar el beneficio, se determina qué monto puede pagar la empresa y qué monto requiere de soporte por parte de la Seguridad Social, haciendo que parte de la nómina la abone el empleador y la otra parte, ANSES.
Si el monto final obtenido (pago de la empresa + REPRO por parte de ANSES) supera el salario que debe cobrar el trabajador para ese mes, se podrá tomar el excedente a cuenta del pago del sueldo del mes siguiente.